Skip to main content

  • ENTALUD
  • SERVICIOS
    • CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS
    • MEDIO NATURAL
    • RESTAURACIÓN AMBIENTAL
    • TRABAJOS CON DRON
  • NOTICIAS
  • NOSOTROS
  • CONTACTO

Los propietarios forestales de Galicia aumentan su facturación un 29 % en el año 2021

4 Apr, 2022, No comments

La alta demanda internacional de madera contribuyó a mejorar los precios, sobre todo en el pino para sierra, que se sitúa ya en unas cotizaciones de hasta un 50 % por encima de las del 2020

CAMPO GALEGO 01/04/2022 

atsApp

Los propietarios forestales de Galicia aumentan su facturación un 29 % en el año 2021

Carga de madera en monte. / Archivo.

El monte en Galicia se demuestra un año más como una buena inversión para las familias gallegas. En el 2021, los propietarios forestales facturaron alrededor de 291,8 millones de euros por venta de madera, según las estimaciones de la Asociación Forestal de Galicia, elaboradas a partir de los datos de talas de la Consellería de Medio Rural. Esa cifra supone alrededor de un 29 % más que lo facturado el año anterior.

Facturación
De los 291,8 millones de euros facturados por los propietarios forestales en el 2021, 168,1 millones corresponden al eucalipto , 117,8 millones a las coníferas y en torno a 5,8 millones a las frondosas caducifolias, que más allá de su uso para leñas domésticas, continúan teniendo un aprovechamiento residual para la industria.

El mayor aumento en facturación correspondió a las coníferas, en tanto el eucalipto mejoró en relación al 2020, pero se mantiene aún por detrás de las cifras de facturación y talas del 2018 y 2019.

Las dos provincias con mayor peso en el sector son A Coruña y Lugo, que en conjunto aglutinan tres cuartas partes de las talas de pino y más del 85 % de las de eucalipto.

Por comarcas, Santiago – Meseta interior lidera la facturación por talas de eucalipto (29 millones de euros); en tanto Lugo – Sarria es líder en pinos (19,2 millones de euros) y en frondosas (960.000 euros).

Precios en coníferas
El aspecto más destacado del último año fue el aumento progresivo de los precios en la madera de pino, que se intensificó en el segundo semestre del 2021. Este aumento se debió a la situación del mercado internacional, en el que se produjo una mejora de la demanda que favoreció tanto a las coníferas gallegas como a las del resto de Europa (abeto, piceas, pino silvestre, etc.).

Los precios del pino para sierra se sitúan ya alrededor de un 40 – 50 % por encima de los registrados en el 2020, según los datos que maneja la Asociación Forestal de Galicia.

En rolla de pino, el precio se sitúa en el arco de 42 – 51 euros / metro cúbico (madera en pie sin Iva); la rolla selecta, con diámetros superiores a 40 centímetros, se mueve en los 66-71 euros, y el puntal para trituración ronda los 18-25 euros.

Precios en eucalipto
En eucalipto, el mercado experimentó menores cambios en el 2021, con una ligera subida a lo largo del año por la mejora de los precios de la pasta de papel. El eucalipto globulus se sitúa en la actualidad en los 30-35 euros / metro cúbico (madera en pie sin Iva y con corteza), en tanto el nitens ronda los 26-30 euros. En los precios influye mucho la dimensión de la parcela a cortar y la accesibilidad para tala y saca de la madera.

Talas
En el 2021, es de destacar también una ligera subida en el volumen de la madera cortada en monte, que se situó en el entorno de los 10 millones de metros cúbicos (9,7 millones correspondiente a propiedades particulares y montes vecinales y alrededor de 300.000 metros cúbicos correspondientes a montes de gestión pública, en su mayoria por convenios con comunidades de montes).

De la madera cortada por particulares y montes vecinales, 5,6 millones de toneladas fueron de eucalipto, 3,8 de pino y poco más de 200.000 de frondosas caducifolias.

Las talas de propietarios particulares y montes vecinales se incrementaron en alrededor de medio millón de metros cúbicos en relación al año anterior. Subieron tanto las talas de eucalipto como, sobre todo, las de pino, fruto de los buenos precios de mercado y de un aumento de talas puntual en primavera del 2021, antes de que entrara en vigor la moratoria del eucalipto.

Multifuncionalidad del monte y manejo sostenible
Los cálculos de facturación se corresponden a ingresos por madera en pie, con corteza y sin incluir Iva. A mayores de lo percibido por la venta de madera, los montes vecinales y propietarios forestales completan sus ingresos con otros aprovechamientos a tener en cuenta, como castañas, resina, plantaciones frutales, rebaños en silvopastoreo o servicios ecosistémicos (venta de carbono), entre otros.

Todos estos ingresos se producen en el marco de un manejo sostenible del monte. La Asociación Forestal subraya que los propietarios proceden a la plantación o a la regeneración natural de todas las superficies cortadas, lo que contribuye a garantizar la continuidad de los servicios ambientales, sociales y económicos que prestan los bosques.

Tratamientos fitosanitarios contra la Trioza o Psílido africano de los cítricos

31 Dec, 2019, 1 comment

Campo Galego                                                                                                                                                                                                                                               Hoja de limonero afectado por la TRIOZA  

La Trioza Eritreae o Psílido Africano de los cítricos es una plaga exótica que se está extendiendo por las zonas costeras de Galicia afectando principalmente a limoneros y naranjos. La Consellería de Medio Rural informa en su último boletín fitosanitario de que estos días se está observando un aumento importante de ataques de esta plaga en cítricos, principalmente en las zonas de costa de la provincia de Pontevedra y en el sur de la provincia de A Coruña.

Debido a esto, desde Medio Rural recuerdan que “se trata de un organismo de cuarentena contra el cual se deben tomar medidas de erradicación y contención”, por lo que recomiendan aplicar tratamientos fitosanitarios, “ya que estamos en un momento idóneo para la realización de los mismos”.                                                                      

En el cuadro que figura al final del texto se indican varias materias activas, muchas de ellas de uso no profesional y sin necesidad de carné para comprarlas, que se pueden emplear para el control de este insecto en cítricos.

Recomendaciones a la hora de realizar el tratamiento

Desde la Consellería explican que es importante que cuando se observen los síntomas del ataque de la Psila de los cítricos en los brotes jóvenes se aplique un tratamiento fitosanitario con el producto elegido. Uno o dos días después, siempre que sea posible, deberán recortarse todos los brotes jóvenes y chupones y quemarlos o enterrarlos. En cuanto se produzca la nueva brotación deberá repetirse el tratamiento fitosanitario.

En caso de que, además de los síntomas de presencia de la plaga, se produzca la muerte o un decaimiento importante del cítrico, deberá informarse a los servicios oficiales con el fin de comprobar la existencia de HLB, enfermedad bacteriana causada por Candidatus liberibacter spp, también conocida como Amarilleamiento-enverdecimiento de los cítricos, de la que a Trioza erytreae es uno de los insectos vectores.

TRIOZA_LIMOEIROS_PRODUTOS_AUTORIZADOS

Tres factores para el éxito de una plantación de pino

1 Nov, 2019, No comments

El Centro de Investigación Forestal de Lourizán, en colaboración con la empresa Finsa, llega a unas primeras conclusiones sobre cómo lograr mayores crecimientos en las coníferas

Campo Galego - 25/10/2019
Tres factores para el éxito de una plantación de pino

Ensayo de pino del país en Frades.

¿Cómo mejorar el rendimiento y la calidad de las plantaciones de pino en Galicia?. Esa es la cuestión que buscan responder una serie de plantaciones de ensayo iniciadas en el 2016 por el Centro de Investigación Forestal de Lourizán, en colaboración con la empresa Finsa.

Después de tres años de mediciones, el equipo de investigación del Centro llegó a unas primeras conclusiones sobre factores a tener en cuenta para mejorar el éxito de las plantaciones de coníferas, tanto de pino del país (‘Pinus pinaster’) como de pino insigne (‘Pinus radiata’). La investigadora Eva Prada expuso los resultados que se alcanzaron hasta el momento en una jornada organizada por el CIF, que incluyó una visita a una de las plantaciones experimentales de ‘Pinus pinaster’ en Frades. Otras parcelas de ensayo del proyecto se ubican en Begonte, Dozón, Santiago y Negreira.

1) El abonado mejora hasta en un 148% el crecimiento de la planta a los tres años

Los ensayos testaron 64 tratamientos de abonado NPK con distintos porcentajes de nitrógeno, fósforo y potasio. Una primera conclusión es que el abonado con nitrógeno perjudica a las plantaciones de pino del país, pues reduce la supervivencia de las plantas y no mejora el crecimiento de las que quedan. Cuanto más nitrógeno, además, mayor mortandad.

Pino en su cuarto año de crecimiento.

Pino en su cuarto año de crecimiento.

Las fertilizaciones que se mostraron más efectivas fueron las que se hicieron con 0-20-20 (20 de fósforo y 20 de potasio), que obtuvo el mejor resultado en el segundo año, y con 0-40-40 (40 de fósforo y 60 de potasio), que en el tercer año se demostró superior, al mantener importantes crecimientos que ya no se lograban con el 0-20-20.

Al final del tercer año, las plantas testigo, sin abono, consiguieron un promedio de 1,51 metros, en tanto que las abonadas con 0-40-60 llegaron a 2,20 metros y las fertilizadas con 0-20-20 a 2,05 metros.

En pino insigne, en cambio, la fertilización nitrogenada tuvo un menor impacto en la mortandad de las plantas. En un ensayo realizado en Dozón, los mejores tratamientos se demostraron el 20-20-40, que obtuvo un crecimiento de 68 centímetros por año y un 94% de supervivencia, y el 20-40-60, que llegó a 78 centímetros al año, con un 81% de supervivencia. La altura conseguida por este último tratamiento es un 148% superior al de la planta testigo, sin abonado, que se quedó en 31 centímetros al año.

El Centro de Investigación Forestal de Lourizán continuará haciendo mediciones en los próximos años para constatar la evolución de los ensayos y la duración del efecto del abonado. De cara al futuro, los investigadores consideran que lo ideal sería tener capacidad para desarrollar una aplicación que ofrezca recomendaciones de abonado de las plantaciones en función de factores como lluvias, temperaturas, ubicación y tipo de suelo de la parcela.

2) Preparación del suelo

Una segunda cuestion que se está probando en los ensayos es el sistema de preparación del suelo, bien con un ahoyado manual, bien practicando un subsolado lineal, en la línea de plantación, o cruzado (en la línea de plantación y perpendicular a la misma). Como era de esperar, el subsolado está dando mejores resultados, con crecimientos que en el tercer año son en torno a un 11-13% superiores al ahoyado manual. Conviene tener en cuenta también que no hay grandes diferencias entre el subsolado cruzado (más costoso) y el lineal, por lo que este último puede ser suficiente.

La preparación de los terrenos en los campos de ensayo incluyó tras el subsolado un fresado de la tierra para preparar la casilla de plantación, que es una práctica que no es habitual en el monte, dados los costos adicionales que representa.

3) Elección del material forestal

Los ensayos están comparando también planta de etiqueta azul (material controlado), procedente de un huertosemillero del programa de mejora genética de Lourizán, con planta de etiqueta amarilla (material identificado), sin mejora genética. Tras tres años de crecimiento, la planta mejorada logró en Frades una mayor ganancia de altura de entre el 18 y el 26% en comparación con las plantas identificadas.

Visita a la plantación de ensayos de Frades.

Visita a la plantación de ensayos de Frades.

Entre las plantas identificadas, se encontraron también diferencias, pues las procedentes de la Galicia interior funcionaron peor en Frades que las de Galicia Costa, probablemente más adaptadas al clima atlántico que caracteriza a la zona.

Los estudios sobre el material forestal abordaron por el momento sólo la altitud conseguida, pero es de esperar que en próximos años se manifiesten otras mejoras en las plantas procedentes de mejora genética, pues deberían ser más rectas, obtener más volumen y presentar menos nudos.

El material controlado de Lourizán está ya a disposición de los viveros gallegos, que están iniciando su comercialización, y se espera que en los próximos años el Centro de Investigación continúe con la mejora de los pinos, en especial en lo tendente a lograr plantas resistentes al nematodo del pino, una plaga que ya afecta al sur de Pontevedra.

Novas distancias a respetar por o arborado (vixente 1/1/2019)

1 Jan, 2019, No comments
As distancias mínimas establecidas na Lei 7/2012, de 28 de xuño, de montes de Galicia, (versión vixente desde o 1 de Xaneiro de 2019)  no Artígo 68 Distancias das repoboacións e o Artígo 68 bis Adecuación das masas arboradas e das novas plantacións ás distancias mínimas establecidas por a normativa forestal e de defensa contra os incendios forestais. Son as definidas no Anexo II.

ANEXO II: DISTANCIAS MÍNIMAS

a) Con parcelas forestais
  • 2 metros
b) Con terreos situados en solo rústico de especial protección agropecuaria
  • 5 metros cando se empreguen as especies frondosas do anexo I 
  • 10 metros no resto de especies.

c) Con zonas dedicadas a terra de labranza, cultivo ou prados non clasificados de especial protección agropecuaria
  • 4 metros cando se empreguen as especies frondosas do anexo I 
  • 10 metros no resto de especies.

d) Desde o límite do dominio público das vías (autoestradas, autovías, corredores, vías rápidas e estradas convencionais) ou ferrocarril
  • 2 metros cando se empreguen as especies frondosas do anexo I 
  • 10 metros no resto de especies.



e) Con pistas, asfaltadas ou non, de polo menos 5 metros de ancho e que conten con polo menos unha gabia
  • 2 metros cando se empreguen as especies frondosas do anexo I
  • no resto de especies, 4 metros en xeral e 6 metros nos concellos declarados como zona de alto risco
f) Desde a proxección do condutor máis externo, considerando a súa desviación máxima producida polo vento segundo a normativa aplicable a cada caso, da infraestrutura eléctrica
  • 5 metros para todas as especies



g) Con canles fluviais de máis de 2 metros de ancho
  • 5 metros cando se empreguen as especies de frondosas do anexo I 
  • 15 metros no resto de especies, contados desde o dominio público. 
  • Non será aplicable en actuacións de recuperación ambiental.
h) Con edificacións, urbanizacións, depósitos de lixo, parques e instalacións industriais situadas a menos de 400 metros do monte ou fóra de solo urbano e de núcleo rural e con vivendas illadas en solo rústico independentemente da súa distancia ao monte:

  • 15 metros cando se empreguen as especies de frondosas do anexoI 
  • 50 metros no resto de especies.
 i) Con solo urbano, solo de núcleo rural e solo urbanizable:
  •  2 metros cando se empreguen as especies de frondosas do anexoI 
  •  50 metros no resto de especies.
j)  Con cámpings, gasolineiras e industrias ou instalacións preexistentes en que se desenvolvan actividades perigosas conforme o establecido na Lei 1/1995, do 2 de xaneiro, de protección ambiental de Galicia, ou na súa normativa de desenvolvemento
  •  15 metros para especies de frondosas do anexo 1
  • 50 metros para o resto de especies

ANEXO I: ESPECIES

 Coníferas:

 

 
  • Pino silvestre: Pinus sylvestris L. 
  • Tejo: Taxus baccata L. 

 Frondosas

  
  
  • Aliso: Alnus glutinosa (L.) Gaertn.
  • Arce: Acer pseudoplatanus L.
  • Abedul: Betula sp.
  • Fresno: Fraxinus excelsior L.
  • Fresno de hoja estrecha: Fraxinus angustifolia Vahl.
  • Castaño: Castanea sativa Mill.
  • Castaño híbrido: Castanea x híbrida (resistente tinta)
  • Cerezo: Prunus aviun L.
  • Roble: Quercus robur L.
  • Rebollo: Quercus pyrenaica Will.
  • Alcornoque: Quercus suber L.
  • Roble albar: Quercus petraea (Matts) Liebl.
 
  • Encina: Quercus ilex L. ssp. ballota (Desf.) Samp.
  • Quercus rotundifolia Lam.
  • Avellano: Corylus avellana L.
  • Haya: Fagus sylvatica L.
  • Olmo: Ulmus glabra Huds.
  • Ulmus minor Miller.
  • Laurel: Laurus nobilis L.
  • Mostajo: Sorbus aria L.
  • Serbal de los cazadores: Sorbus aucuparia L.
  • Nogal: Juglans regia L.
  • Madroño: Arbutus unedo L.

¿DESDE DONDE MEDIMOS?

  1. As distancias mediranse desde o tronco do pé máis próximo á propiedade veciña ata o límite coa outra propiedade.
  2. Tendidos eléctricos, as distancias mediranse ata a proxección do condutor máis externo, considerando a súa desviación máxima producida polo vento segundo a normativa sectorial vixente.
  3. Edificacións, vivendas illadas e urbanizacións situadas a menos de 400 metros do monte e fóra de chan urbano e de núcleo rural, as distancias mediranse ata o paramento das mesmas.
  4. Cámpines, depósitos de lixo, parques e instalacións industriais a menos de 400 metros do monte e fóra de chan urbano e de núcleo rural, as distancias mediranse ata o límite das instalacións.
  5. Pistas, asfaltadas ou non, de polo menos 5 metros de ancho e que conten con polo menos unha gabia: desde ou límite exterior dous movementos de terra dá obra de construción dela.Las distancias se medirán desde el tronco del pie más próximo a la propiedad vecina hasta el límite con la otra propiedad. 

La Xunta proyecta obligar a los propietarios a cortar el arbolado en los márgenes de líneas eléctricas

22 Nov, 2018, 1 comment

Unións Agrarias demanda la retirada de la medida, que supondría "nuevas cargas y obligaciones" para los afectados. El borrador de la ley de acompañamiento de los presupuestos del 2019 modificará también las distancias del arbolado a núcleo rural, parcelas agrarias y canales fluviales.

La ley de acompañamiento de los presupuestos de la Xunta para 2019 modificará la normativa sobre distancias de arbolado a infraestructuras, parcelas agrarias y viviendas. Una de las novedades radica en que la Administración obligará a los propietarios a cortar el arbolado en los márgenes de las líneas eléctricas, en concreto en los 5 metros contados “desde la proyección del conductor más externo, considerando su desviación máxima producida por el viento”, según recoge el borrador de la llamada Lei de Medidas Fiscais.

Tal disposición es criticada por Unións Agrarias, que considera que la Xunta está legislando contra los propietarios forestales, “Se introducen nuevas cargas y obligaciones para los afectados, sin ningún tipo de compensación. Lo lógico es que esos 5 metros de franja sin arbolado se expropiasen como servidumbre por parte de las compañías eléctricas”, defiende José Antonio Diéguez, de Ventonoso, un colectivo de propietarios afectados por parques eólicos ligado a Unións Agrarias.

La organización agraria cuestiona también otros cambios de la Lei de Montes que se efectuarán a través de la ley de acompañamiento de los presupuestos. “Las frondosas caducifolias tenían que mantener 15 metros de distancia con el suelo de núcleo rural, pero ahora se reduce esa limitación a 2 metros. ¿Qué pasa con todos los árboles próximos a un núcleo que se tuvieron que cortar en el último año bajo amenazas de multa?” -cuestiona el secretario de Desarrollo Rural de Unions, Jacobo Feijoo-. “Hay una clara falta de criterio, bandazos e improvisaciones”, critica.

Publicado en: Campo Galego - 16/11/2018

Vespa Velutina: Recomendaciones para los trabajadores del sector forestal

14 Aug, 2018, No comments
El Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Galicia (ISSGA) acaba de publicar un cartel con recomendaciones para los trabajadores del sector forestal ante la presencia en los árboles de nidos de avispa asiática, también conocida como Vespa Velutina.

He aquí las recomendaciones:

Antes de empezar los trabajos:

  • Realiza un reconocimiento exhaustivo de la parcela (árboles, suelo, muros, etc.) y comprueba que no existen nidos de velutina en la zona.
  • Ten en cuenta que los nidos que están en medio de las zarzas o entre el matorral suelen ser más difíciles de detectar.

Si encuentras un nido de velutina:

  • No te acerques a menos de 5 metros del nido.
  • No le provoques daños; no lo golpees ni molestes a las velutinas. Recuerda que normalmente solo atacan al verse o sentirse atacadas.
  • No apees un árbol que contenga un nido, o bien que pueda afectar en su caída a otro árbol que lo albergue. No desbroces zarzales o matorrales que contengan nidos.
  • Avisa a todos los compañeros de trabajo de la presencia del nido y señaliza la zona.
  • Llama al 012 y comunícaselo.

¿Como actuar en el caso de un ataque?

  • Si te atacan huye lo más rápido posible y busca un refugio (vehículos, edificaciones, arbustos, cultivos densos como el maíz, etc.).
  • Mientras escapas busca evitar que las velutinas te ataquen en las áreas más sensibles de la cara, como puede ser la zona de los ojos. También tienen tendencia a picar en la parte de atrás del cuello por lo que se recomienda proteger esta zona con las manos o ropa.
  • No intentes eliminar las velutinas ni agitar tus brazos para espantarlas. Las velutinas son atraídas por los movimientos bruscos y las que son aplastadas emiten un olor que atrae a más velutinas.
  • Si ves que alguien es atacado por velutinas, no te acerques para ayudarlo. Llama al número de emergencias (112) donde te informarán de cómo debes actuar y avisarán a los medios de emergencia para que se trasladen al lugar si es preciso.

Recuerda: las personas alérgicas deben llevar siempre consigo la medicación necesaria para administrarse en caso de picaduras.

Descarga aquí el cartel del ISGGA

VELUTINA_ISSGA_FORESTAL

Desbroce bonificado de las franjas de protección contra incendios

14 Aug, 2018, No comments

La Administración bonificará el desbroce de 4.000 hectáreas anuales a un precio de 350 euros por hectárea para los propietarios, pero esa superficie representa sólo un 3% del total de franjas de protección que hay en Galicia. 

Medio Rural ha firmado un convenio para bonificar el desbroce de 4.000 hectáreas anuales a un coste de 350 euros por hectárea para los propietarios. La Consellería busca así facilitar la tarea de prevención de incendios en las franjas de protección de los núcleos habitados, sobre todo en los concellos con más fuegos. La cuestión es que en Galicia las franjas de protección a las que obliga la legislación abarcan alrededor de 150.000 hectáreas, un “imposible”, según se opina en el sector forestal.

La Xunta comprometió con la Federación Galega de Municipios e Provincias (Fegamp) el desbroce de 4.000 hectáreas anuales durante los próximos cuatro años, unos trabajos de los que se encargará la empresa pública Seaga. Los Concellos que quieran ofrecerle a sus vecinos el desbroce bonificado tendrán que solicitárselo a Medio Rural, que priorizará aquellos municipios en los que se registren más incendios.

Tarifa
En los Concellos que se beneficien de la iniciativa, los vecinos podrán suscribir un contrato de gestión con Seaga, de forma que mantendrían sus fincas desbrozadas por 350 euros por hectárea, en tanto que las Administraciones asumirían el resto de costes.

El precio es ventajoso, ya que las tarifas de mercado son sensiblemente más altas. En terrenos mecanizables, que se pueden desbrozar con un tractor, el coste del desbroce oscila entre 380 y 525 euros, según las propias tarifas de Seaga; en tanto que en terrenos donde hay que ejecutar el desbroce manualmente, el coste se dispara a un mínimo de 1.500 euros por hectárea, pudiendo llegar a alrededor de 3.000 euros en función de las características del terreno, según las tarifas de la empresa pública.

Dimensión
La bonificación de los trabajos de desbroce constituye una posibilidad para afrontar las franjas de protección en una parte del territorio, pero se cubrirá sólo un 3% de las alrededor de 150.000 hectáreas que habría que desbrozar cada año en torno a los núcleos de población, según los cálculos del sector forestal, que recuerda también que a esa superficie habría que añadir las franjas laterales de carreteras y pistas.

“Es técnica y humanamente imposible afrontar ese trabajo” -valoran desde el sector de las empresas de servicios forestales-. “Es una legislación hecha desde el despacho que no se puede llevar a la práctica. Y mientras se le encomienda a una empresa pública trabajar en montes personales, estamos un verano más con la prevención de incendios sin ejecutar en los montes vecinales con convenio, en los que la Xunta sólo licitó un 10% de los trabajos que tenía previsto realizar. Estamos ante un hacer que se hace, pero todo sigue igual”, concluyen.

CAMPO GALEGO

Plantaciones Forestales: Distancias mínimas, especies y desde donde medimos.

23 May, 2018, 7 comments
Las distancias mínimas establecidas en la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, (versión vigente desde el 1 de Enero de 2018)  en el Artículo 68 Distancias de las repoblaciones y el Artículo 68 bis Adecuación de las masas arboladas y de las nuevas plantaciones a las distancias mínimas establecidas por la normativa forestal y de defensa contra los incendios forestales. Son las definidas en el Anexo II.

«Se establece un plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley para la adecuación de las repoblaciones forestales existentes a la nueva distancia prevista en las letras h) e i) del anexo II de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, respecto de los últimos 20 metros de los 50 previstos para la retirada de las especies distintas de las frondosas del anexo I». Vigencia: 1 enero 2018.

ANEXO II: DISTANCIAS MÍNIMAS

a) Con parcelas forestales
  • 2 metros
b) Con terrenos ubicados en suelo rústico de especial protección agropecuaria
  • 10 metros

c) Con zonas dedicadas a labrantío, cultivo, prados o pastos no clasificados de especial protección agropecuaria
  • 4 metros cuando se empleen las especies frondosas del anexo 1
  • 10 metros en el resto de especies

d) Desde el límite del dominio público de las vías (autopistas, autovías, corredores, vías rápidas y carreteras convencionales) o ferrocarril
  • 4 metros cuando se empleen las especies frondosas del anexo 1
  • 10 metros en el resto de especies



e) Con pistas forestales principales
  • 2 metros cuando se empleen las especies frondosas del anexo 1
  • En el resto de especies, 4 metros en general 
  • 6 metros en los ayuntamientos declarados como zona de alto riesgo
f) Desde la proyección del conductor más externo, considerando su desviación máxima producida por el viento según la normativa aplicable a cada caso, de la infraestructura eléctrica
  • 5 metros para todas las especies



g) Con cauces fluviales de más de 2 metros de ancho
  • 5 metros cuando se empleen las especies de frondosas del anexo 1 
  • 15 metros en el resto de especies, a contar desde el dominio público. No será de aplicación en actuaciones de recuperación ambiental
h) Con edificaciones, viviendas aisladas, urbanizaciones, depósitos de basura, parques e instalaciones industriales situadas a menos de 400 metros del monte o fuera de suelo urbano y de núcleo rural
i) Con suelo urbano, suelo de núcleo rural y suelo urbanizable
  • 15 metros cuando se empleen las especies de frondosas del anexo I
  • 50 metros en el resto de especies
j) Con cámpines, gasolineras e industrias o instalaciones preexistentes en que se desarrollen actividades peligrosas con arreglo a lo establecido en la Ley 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia, o en su normativa de desarrollo
  • 25 metros para especies de frondosas del anexo 1  
  • 50 metros para el resto de especies

ANEXO I: ESPECIES

 Coníferas:

 

 
  • Pino silvestre: Pinus sylvestris L. 
  • Tejo: Taxus baccata L. 

 Frondosas

  
  
  • Aliso: Alnus glutinosa (L.) Gaertn.
  • Arce: Acer pseudoplatanus L.
  • Abedul: Betula sp.
  • Fresno: Fraxinus excelsior L.
  • Fresno de hoja estrecha: Fraxinus angustifolia Vahl.
  • Castaño: Castanea sativa Mill.
  • Castaño híbrido: Castanea x híbrida (resistente tinta)
  • Cerezo: Prunus aviun L.
  • Roble: Quercus robur L.
  • Rebollo: Quercus pyrenaica Will.
  • Alcornoque: Quercus suber L.
  • Roble albar: Quercus petraea (Matts) Liebl.
 
  • Encina: Quercus ilex L. ssp. ballota (Desf.) Samp.
  • Quercus rotundifolia Lam.
  • Avellano: Corylus avellana L.
  • Haya: Fagus sylvatica L.
  • Olmo: Ulmus glabra Huds.
  • Ulmus minor Miller.
  • Laurel: Laurus nobilis L.
  • Mostajo: Sorbus aria L.
  • Serbal de los cazadores: Sorbus aucuparia L.
  • Nogal: Juglans regia L.
  • Madroño: Arbutus unedo L.

¿DESDE DONDE MEDIMOS?

  1. Las distancias se medirán desde el tronco del pie más próximo a la propiedad vecina hasta el límite con la otra propiedad. 
  2. Tendidos eléctricos, las distancias se medirán hasta la proyección del conductor más externo, considerando su desviación máxima producida por el viento según la normativa sectorial vigente.
  3. Edificaciones, viviendas aisladas y urbanizaciones ubicadas a menos de 400 metros del monte y fuera de suelo urbano y de núcleo rural, las distancias se medirán hasta el paramento de las mismas.
  4. Cámpines, depósitos de basura, parques e instalaciones industriales a menos de 400 metros del monte y fuera de suelo urbano y de núcleo rural, las distancias se medirán hasta el límite de las instalaciones.

Simplificados los permisos de tala con la autorización forestal única

23 May, 2018, No comments

Las cortas de pino y eucalipto en espacios sin protección o sin afecciones de dominios públicos precisarán sólo de una declaración responsable. También será suficiente ese trámite en las parcelas que haya que talar en torno la vías de comunicación y viviendas

La Consellería de Medio Rural ha publicado una orden por la que inicia la simplificación de los permisos de tala. Para un futuro, la Consellería anuncia la publicación de un decreto más completo, pero ya ahora pone en marcha la autorización única de tala y la declaración responsable, los trámites que a partir de ahora deberán seguir todos los aprovechamientos madereros.

Declaración responsable
La mayor novedad radica en que, para determinados casos, ya no habrá que solicitar una autorización, sino sólo presentar una declaración responsable antes de la tala explicando el aprovechamiento que se va a ejecutar. Esa declaración responsable será suficiente en todas las parcelas de eucalipto o pino, salvo el pino silvestre, que no estén en espacios protegidos o afectadas por un dominio público.

Como excepción, la norma señala que no será suficiente con la declaración responsable en parcelas de pinos y eucaliptos que tengan más de un 10% de arbolado con pies mayores de especies frondosas (robles, abedules, castaños, etc.). Por pies mayores, se entienden aquellos que tengan un diámetro del tronco superior a 7,5 centímetros de diámetro.

También será suficiente con la declaración responsable en el caso de las talas obligadas por la normativa de prevención de incendios en el entorno de viviendas, núcleos de población y vías de comunicación.

Visor para comprobar las afecciones de las parcelas
De cara a facilitar la comprobación de las afecciones de dominio público que tienen las parcelas, la Administración ha creado un visor geolocalizado, que se puede consultar en el portal de talas de la Consellería.

Esa información es ya fiable y se irá actualizando de manera progresiva, si bien por ahora no cuenta con toda la información correspondiente al patrimonio cultural. Por el momento, están los elementos patrimoniales que figuran protegidos en Planes Generales de Ordenación Municipal y para fin de año se espera que estén incorporados el resto de elementos.

Autorización única de tala
En el caso de talas para las que no sea suficiente una declaración responsable, habrá que presentar una solicitud de autorización, si bien este proceso también cambia sustancialmente. A partir de ahora, sólo habrá que presentar una solicitud ante Medio Rural, con independencia de las afecciones de dominio público que tenga la parcela.

Será la Consellería de Medio Rural la encargada de solicitar los preceptivos informes sectoriales a los organismos que corresponda. Si la Consellería no responde a la solicitud de autorización en un plazo de dos meses, se entenderá que esta queda aprobada por silencio administrativo. Esa disposición evitará los retrasos superiores a seis meses que estaba causando la dilación en la respuesta de determinados organismos, como Patrimonio.

Talas directas
La normativa establece también que en el caso de clareos sin aprovechamiento comercial, talas de policía o actuaciones en zonas de servidumbre de dominio público hidráulico no será precisa ni la presentación de una declaración responsable ni de una solicitud de autorización.

La Xunta podrá repercutir el coste de extinción de incendios por incumplimiento de obligaciones forestales

22 May, 2018, No comments
A partir del 1 de enero de 2018, con la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de Galicia (DOG 245, de 28 de diciembre), la Xunta podrá repercutir el coste de extinción de incendios a las personas que incumplan las obligaciones de gestión de biomasa, distancias mínimas de plantaciones y titulares de fincas de la concentración parcelaria en estado de abandono.

El capítulo VI está dedicado a las medidas en materia de medio rural. Se introducen en él diversas modificaciones en la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común; en la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia; en la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras, y en la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, con la finalidad principal de incluir medidas que fortalezcan la prevención y la lucha contra los incendios forestales. Junto a lo anterior, se acomoda la regulación de aquellas leyes a cambios normativos producidos con posterioridad a su aprobación, singularmente los derivados de la aprobación de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y se recogen, asimismo, medidas en materia de fomento forestal. En algunos preceptos que son objeto de modificación se recogen habilitaciones directas a la regulación de determinadas materias mediante orden de la persona titular de la consejería competente por razón de la materia, al tratarse de materias de carácter eminentemente técnico y que requieren de una evaluación especializada.

Por último, la ley recoge una autorización para la refundición normativa en materia de prevención y defensa contra los incendios forestales, una habilitación para el desarrollo normativo de la ley y la previsión sobre su entrada en vigor.

Extracto de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de Galicia

Ayudas para primera forestación de tierras con pinos o frondosas

22 May, 2018, No comments
Administración convocante: Consellería de Medio Rural
Enlace axuda:https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2018/20180426/AnuncioG0426-170418-0005_gl.html
Prazo: 28/05/2018

Resumo:

La Consellería de Medio Rural ha convocado la tradicional línea de apoyos para forestación de tierras no agrarias con pinos o frondosas (castaños, abedules, alcornoques, etc.). Pueden presentar solicitudes para esta convocatoria tanto propietarios forestales particulares, que deberán tener un mínimo de una hectárea en coto redondo como comunidades de montes vecinales y Sofor, que deberán tener 3 hectáreas. En el caso de las comunidades de montes se exige también que estén en coto redondo.

Medio Rural destina un total de siete millones de euros en las anualidades 2017-2018 para estas actuaciones. En los dos últimos años, el número de beneficiarios de estas ayudas ascendió a 259y las hectáreas forestadas sumaron un total de 5.507 en toda Galicia.

Los apoyos previstos financian todas las actuaciones derivadas de los trabajos de plantación, desde la preparación previa del terreno o la adquisición de planta hasta las labores de plantación propiamente dicha. Además, se financian las infraestructuras de acompañamiento y obras complementarias.

Como novedades, este año se aumenta la superficie máxima subvencionable, que pasa de 50 a 150 hectáreas en comunidades de montes, y de 15 a 150 hectáreas en Sofor.

El plazo de ejecución de las ayudas se prolongará hasta el 15 de octubre del 2019.

Requisitos

Las tierras a forestar no deben de haber estado arboladas en los últimos 10 años y tienen que estar en el Sigpac con la consideración de forestal, pasto con arboledo o pasto arbustivo.

Establecidas indemnizaciones por la polilla de la patata y otras tres plagas vegetales

2 Apr, 2018, No comments

Medio Rural fija las compensaciones a pagar  por patata de siembra o consumo, así como por plantaciones levantadas en las áreas afectadas por la plaga

Administración convocante: Consellería de Medio Rural
Enlace axuda: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2018/20180504/AnuncioG0426-170418-0001gl.html
Prazo: 01/10/2018Resumo:

El Diario Oficial de Galicia publica hoy la convocatoria de indemnizaciones para los afectados por cuatro plagas de cuarentena: la polilla guatemalteca de la patata, el hongo ‘Fusarium’, que afecta a pinares; la ‘Tryoza Eritreae’, que es un insecto vector de la enfermedad de los cítricos conocida como HLB; y la ‘Thekopsora minima’, un hongo que afecta a plantaciones de arándanos, moras y frambuesas.

Medio Rural destina un total de 100.000 euros a las indennizaciones y marca un plazo de solicitud que concluye el 1 de octubre del 2018.atemalteca

En patata, las compensaciones establecidas para las explotaciones afectadas por las medidas de control de la polilla guatemalteca son las siguientes:

– Patata de siembra. Por la no utilización de patata de siembra certificada, se establece un pago máximo de 0,70 euros por kilo.

– Patata de consumo producida en la explotación: 0,30 euros por kilo.

– Plantaciones establecidas en zonas con la plaga: 0,40 euros por metro cuadrado de superficie levantada.

Para almacenes comercializadores, las indemnizaciones son las siguientes:

– Patata de siembra: el baremo a tener en cuenta es la factura de venta del proveedor de la patata.

– Patata de consumo, como consecuencia de la detección de lotes contaminados. Se establece como baremo el precio de adquisición por parte de los mayoristas, que lo acreditarán mediante la factura de compra.

Nuevo website ENTALUD

2 Apr, 2018, No comments

Estas buscando profesionales con amplia experiencia en trabajos del Medio Natural.                      

Necesitas aplicar nuevas tecnologías y sistemas de trabajo que te permitan anticipar, programar, controlar y minimizar los riesgos y costes en obra.               

                 Nos has encontrado, somos ENTALUD

Recent Posts

  • Los propietarios forestales de Galicia aumentan su facturación un 29 % en el año 2021
    4 Apr, 2022
  • Tratamientos fitosanitarios contra la Trioza o Psílido africano de los cítricos
    31 Dec, 2019
  • Tres factores para el éxito de una plantación de pino
    1 Nov, 2019
  • Novas distancias a respetar por o arborado (vixente 1/1/2019)
    1 Jan, 2019
  • La Xunta proyecta obligar a los propietarios a cortar el arbolado en los márgenes de líneas eléctricas
    22 Nov, 2018
  • Vespa Velutina: Recomendaciones para los trabajadores del sector forestal
    14 Aug, 2018
  • Desbroce bonificado de las franjas de protección contra incendios
    14 Aug, 2018

Enlaces de interes

  
XUNTADEPUTACION
 REVISTA MONTES IKI

Cart

Cart is empty.

  • ENTALUD